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Covid-19: Document de mesures sol·licitades per Cedecarne

Cedecarne és la organització empresarial d'àmbit nacinal que defensa els interessos del nostre sector. Des de la Federació catatalana en formem part.

CEDECARNE

Cedecarne es la organización empresarial de ámbito nacional, que representa a más de 25.000 empresas de carnicería y charcutería distribuidos por toda la geografía española.

Defendemos los intereses del sector ante las diferentes administraciones y organizaciones tanto nacionales como internacionales, y ponemos en marcha proyectos e iniciativas que contribuyen al desarrollo y competitividad de las empresas que representamos, velando por la buena imagen y el prestigio de sus profesionales, poniendo en valor su carácter artesanal y contribuyendo a impulsar la formación, para que las nuevas generaciones conformen el relevo del sector, consolidando así su supervivencia y futuro.

Nuestra misión es:

  • Dotar al sector de información, herramientas y experiencia para poder mejorar la competitividad de sus empresas
  • Mejorar la imagen del sector y sus profesionales y dar a conocer a los profesionales del sector a toda la sociedad
  • Representar los intereses del sector ante las administraciones
  • Nuestra visión ser el referente del sector de la carnicería-charcutería a todos los niveles.

Para ello:

  • Impartimos formación continua, transversal y especializada, tanto presencial como online, adaptada a las necesidades del sector.
  • Desarrollamos iniciativas destinadas a prestigiar el oficio y a fomentar el relevo generacional.
  • Ofrecemos asesoramiento especializado en todas las áreas de negocio relacionadas con el sector.
  • Diseñamos proyectos y desarrollamos campañas que contribuyan a afianzar nuestras señas de identidad, prestigiando un oficio, un sector y sus profesionales.

 

El sector de la carnicería  charcutería

El sector del comercio al por menor se encuentra englobado en el epígrafe 4722 del CNAE 2009 “Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas”. Según datos del INE, el número de empresas adscritas al epígrafe 47 ha decrecido, pasando de 26.485 en el año 2011, a 25.425 en 2017.

Una de las particularidades del sector es la acusada atomización, en las que predominan aquellas empresas con un carácter familiar, lo que nos permite hacernos una idea de la pequeña dimensión de las mismas, mayoritariamente microempresas, que a su vez tienen una gran dispersión territorial y están encuadradas, como es lógico, en un entorno cada día más competitivo. Así, en el comercio minorista (según datos del INE 2017) el porcentaje a nivel nacional de 96,02%.

En la actualidad el sector comercio se caracteriza por albergar diferentes tipos de estructuras en las que conviven formas tradicionales de distribución al lado de competitivos centros comerciales, de fuerte implantación y crecimiento, y consolidados supermercados urbanos e hipermercados de diferente tamaño. Dicha estructura tan heterogénea se ha completado en los últimos años con la aparición cada vez más relevante del comercio electrónico. Este esquema se reproduce en el comercio minorista de la carne por lo que nos encontramos por tanto, con un sector fuertemente segmentado.

 

MEDIDAS PROPUESTAS

Somos conscientes de la gravedad de la situación y de que son muchos los sectores afectados y muchas las medidas que se están tomando para paliar en gran medida esta situación que nos ha sobrevenido a todos.

Desde Cedecarne les agradecemos el enorme esfuerzo que desde las Administraciones están realizando para poder luchar tanto contra la pandemia a nivel sanitario como contra los efectos económicos que ésta está produciendo.

Teniendo en cuenta que nuestro colectivo está formado en una gran mayoría por profesionales autónomos y, aunque no es un colectivo afectado por el cierre obligatorio ante el estado de alarma, eso no quiere decir que no estén afrontando enormes dificultades, desde la disminución de las ventas como consecuencia del cierre de la hostelería , uno de sus clientes,  a la falta de afluencia turística, a tener parte de la plantilla afectada por el COVID-19, lo que en el caso de nuestro sector cuya media de trabajadores es de 1, implica automáticamente el cierre de la actividad.


1 – CUOTA DE AUTÓNOMOS

  • Suspensión de la cuota de los empresarios autónomos correspondiente a los meses que dure el estado de alarma y en especial en el caso de aquellos autónomos que hayan visto afectada su actividad incluso tanto si han permanecido abiertos sus establecimientos como si han cesado su actividad.
  • Que los autónomos que se hayan contagiado por COVID-19 y aquellos que estén en cuarentena obligatoria estén exentos de pagar la cotización desde el primer día.

2 – OBLIGACIONES FISCALES Y TRIBUTARIAS

  • Suspensión de todos los impuestos y obligaciones tributarias del primer trimestre que hay que presentar en abril y aplazar su presentación hasta 1 mes después de que concluya el estado de alarma.

3 – PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR CESE DE ACTIVIDAD

  • Reducir el umbral de pérdidas en el último mes que establece la prestación de cese de actividad por causas económicas que actualmente es de un 75%.
  • Ampliar el plazo de disfrute de esta prestación a un mes desde que finalice el estado de alarma.
  • Incluir en los supuestos de fuerza mayor para el acceso a la prestación extraordinaria de cese de actividad, a las actividades que ya no son esenciales de acuerdo con el Real Decreto ley 10/2020, de 29 de marzo de 2020, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras de los servicios no esenciales.

4 – EXPEDIENTES DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO

  • Establecer como fecha de finalización de los ERTES un momento posterior a la finalización del estado de alarma, dado que la actividad no se va a reanudar con normalidad.

5 – ARRENDAMIENTOS DE LOCALES DE NEGOCIO

  • Los comerciantes arrendatarios de locales de negocio se encuentran en una situación de enorme dificultad para poder cumplir con las obligaciones derivadas de los contratos de arrendamiento debido a la ausencia de actividad. En algunos casos los arrendadores, sensibles con el grave problema, tienen disposición a llegar a acuerdos diversos. En muchos otros casos no existe esa voluntad y probablemente se planteen numerosos litigios por incumplimiento contractual. Ante esta situación solicitamos del Gobierno de España y del Consejo General del Poder Judicial que emitan dictamen jurídico sobre la posibilidad de invocar con posibilidades de prosperar la cláusula “rebus  sic stantibus” en una situación como la que describimos y atravesamos.
    Si la opinión de la máxima autoridad judicial entendiera justificada  genéricamente  su aceptación  para modificar las condiciones de los contratos desestimularía los litigios y potenciaría la negociación y el acuerdo privado.

6 – EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL ( EPIS)

  • Incluir a los profesionales de la distribución minoristas especializada de alimentos, tanto trabajadores por cuenta ajena como profesionales trabajadores autónomos como colectivo prioritario, para la recepción de EPIS ( principalmente mascarillas) considerando el servicio público esencial que están prestando en la actualidad con riesgos de su salud. Deben arbitrase todos los medios para que estos profesionales, esenciales para la sociedad reciban la protección adecuada de su salud.

7 – CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

  • Que de manera temporal y mientras dure el estado de alarma, los establecimientos de comercio al por menor de carnes y derivados cárnicos que tengan que permanecer cerrados temporalmente debido a la suspensión de la actividad por Covid de la plantilla o profesionales autónomos,  puedan ejercer la actividad de congelación y descongelación como medida de excepción para evitar pérdidas de género y económicas en las empresas, siempre y cuando cuenten con los equipos necesarios para ello y se mantengan las buenas prácticas de manipulación.

8 – MOROSIDAD

  • Suspensión de la inscripción en ficheros de solvencia patrimonial (ASNEF, RAI…) para aquellas PYMES y autónomos que hayan suspendido temporalmente pagos recurrentes (suministros, arrendamientos) por Fuerza Mayor derivada de la presente crisis sanitaria. De lo contrario la inscripción en dichos ficheros podría ser una barrera para la obtención de créditos y financiación con el objetivo de superar la crisis.

9 – FORMACIÓN PROFESIONAL

  • Entre las medidas contempladas en el RDL 11/2020 de 31 de marzo se encuentra la posibilidad de que los ingresos derivados de la cotización por formación profesional obtenidos en el ejercicio 2020, podrán destinarse a la financiación de cualquiera de las prestaciones y acciones del sistema de protección por desempleo o para financiar programas que fomenten la contratación de personas desempleadas o les ayuden a recuperar empleo
  • Reconociendo, como no puede ser de otra manera, la importancia que tiene en la situación actual la cobertura de prestaciones y subsidios destinados a trabajadores, autónomos y PYMES y sectores de población en situación de vulnerabilidad debemos llamar la atención sobre esta medida que debe ser objeto de una aplicación en todo caso limitada en cuantía y temporalmente por varias razones fundamentales:
  1. En primer lugar por la importancia que tienen para la creación de empleo los diferentes programas de formación profesional, formación dual y bonificada, especialmente para jóvenes.
  2. En segundo lugar porque las cuotas de formación profesional tienen carácter finalista y por tanto está medida sólo puede entenderse por la excepcionalidad de la situación.
  3. En tercer lugar por la importancia que tienen los ingresos de la cotización por formación profesional para el reciclaje profesional y competitividad de las empresas.
  • Por lo anterior solicitamos que esta medida no se traduzca en reducción de fondos para la formación de trabajadores de PYMES.
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